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Derecho a la verdad

Acceso a los Archivos de Cancillería

El Derecho a la Verdad consagra el derecho de víctimas de violaciones graves y sistemáticas a los derechos humanos, así como de sus familiares y la sociedad en su conjunto, a conocer la verdad sobre dichas violaciones, las circunstancias en que las mismas se cometieron y la identificación de los responsables.

El Derecho a la Verdad fue reconocido por primera vez en el año 2005 con la Resolución 2005/66 de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas, por iniciativa de la República Argentina. En 2008, el informe sobre el Derecho a la Verdad elaborado por la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos de ONU destaca que el acceso a archivos es un elemento fundamental para combatir la impunidad, acceder a la verdad y proveer reparaciones.

En el año 2011 UNESCO adopta la Declaración Universal de los Archivos que fuera creada por el Consejo Internacional de Archivos (ICA) .El documento ha sido traducido en varias lenguas y defiende la conservación de y el acceso universal a la herencia documental del mundo. Los archivos aseguran los derechos humanos, generan una memoria colectiva, y facilitan la rendición de cuentas y la existencia de gobiernos transparentes. La Declaración es un llamado para participar y comprometerse en los asuntos de la archivística de los gobiernos, de las cabezas de diferentes organismos y del público en general. 

Siguiendo estos antecedentes y con el objetivo de relevar e identificar la documentación y/o información obrante en la Cancillería, embajadas, misiones permanentes, consulados y otros archivos en el exterior, en relación con actividades vinculadas con actos represivos y/o violaciones a los derechos humanos cometidas durante los períodos en que el Honorable Congreso de la Nación no ha estado en ejercicio de sus atribuciones, desde el 21 septiembre de 1955 hasta el 10 de diciembre de 1983; como, asimismo, producir un registro de documentos desclasificados y clasificados que permita profundizar distintas investigaciones y colaborar con los requerimientos judiciales desde el año 2011 funciona la  Comisión de Relevamiento para la Recuperación de la Memoria Histórica en esta Cancillería a partir de un Acuerdo suscrito con el Centro de Estudios Legales y Sociales.

La Comisión de Relevamiento para la Recuperación de la Memoria Histórica (CMH) tiene como objetivos:

a. Relevar y analizar toda la documentación que pueda tener valor histórico y/o judicial del Archivo del MRECIC, Embajadas, Misiones Permanentes, Consulados y otros archivos públicos y/o privados en el exterior del país en relación con actividades vinculadas con actos represivos y/o violaciones a los derechos humanos cometidas durante los períodos en que el Honorable Congreso de la Nación no se encontraba en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, entre el 21 septiembre de 1955 y el 10 de diciembre de 1983.

b. Producir un registro de documentos desclasificados y clasificados que permita desarrollar investigaciones y prestar colaboración en causas judiciales que investigan delitos de lesa humanidad.

c. Impulsar, gestionar y monitorear procesos de desclasificación de otros Estados para que copia de dichos acervos documentales sean entregados a este MRECIC.

d. Impulsar, gestionar y monitorear procesos de desclasificación de Organismos Internacionales y Regionales para que copia de dichos acervos documentales sean entregados a este MRECIC.

e. Producir investigaciones y/o proyectos con el objetivo de reconstruir el contexto y los procedimientos represivos del período de incumbencia de esta Comisión, para salvaguardar los registros sobre las graves violaciones a los derechos humanos cometidas en el país y en la región.

f. Coordinar la Mesa de Archivos de Memoria, integrada por instituciones públicas y organismos de derechos humanos que gestionan archivos que dan cuenta de graves violaciones a los derechos humanos cometidos en nuestro país durante el período de incumbencia de esta Comisión.

g. Participar de los encuentros y diálogos bilaterales y multilaterales en lo que respecta a archivos de memoria en este MRECIC.